Ante la falta de agua en los barrios la Defensoría del Pueblo exigió a Aguas de Santiago una urgente solución

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En las últimas horas el Defensor del Pueblo de La Banda, Diego Jiménez, solicitó a la empresa Aguas de Santiago -en carácter de urgente- un informe sobre las razones por las cuales distintos sectores de La Banda, desde hace varios meses, están privados y/o reducidos en su caudal de agua potable, según manifestaciones de los vecinos y comprobación in-situ.

El ombudsman bandeño en diálogo con LA BANDA DIARIO señaló, «se dejó constancia que la queja presente fue reiterada en numerosas ocasiones precedentes por esta Defensoría del Pueblo cuyo antecedes obran en nuestra repartición sin una respuesta satisfactoria a la fecha».

A la vez consignó, «desde los barrios más alejados hasta el pleno centro, los munícipes se encuentran reducidos por debajo de lo mínimo permitido por el pliego de concesión y/o prácticamente privados del servicio de agua potable en otros sectores. Esta situación ha sido relevada por la Defensoría del Pueblo en distintos meses, días, horarios y zonas tomando conocimiento directo in situ del problema».

Diego Jiménez acotó, «ante requerimientos anteriores se nos informó que la deficiencia en la prestación del servicio se debía a la falta de energía eléctrica para hacer funcionar los pozos de agua que proveen del servicio de agua potable. De todas maneras, esto no exime a Aguas de Santiago de una correcta prestación del servicio básico y elemental para los usuarios».

El Defensor del Pueblo citó la Resolución E.R.S.A.C. Nº 014/98, en donde se expresa, «Continuidad del Servicio. El Concesionario deberá en los términos del Contrato de Concesión prestar un servicio ininterrumpido de abastecimiento de agua potable y desagües cloacales durante todo el año. Cuando por cualquier motivo, incluso caso fortuito o fuerza mayor, la interrupción del servicio tuviere una duración superior a dieciocho (18) horas, el Concesionario deberá proveer un servicio de abastecimiento de emergencia a los Usuarios afectados. Para el caso de discontinuidad de la prestación de lo servicios por incumplimiento del Concesionario, la pena aplicable será además de la multa que correspondiere, la pérdida del derecho al cobro de la tarifa por los días completos de interrupción al mismo, importe que será acreditado a favor de los Usuarios afectados”.

Tomando en cuenta lo señalado en el párrafo anterior el Defensor del Pueblo expresó, «se ha constatado, en los distintos sectores de la ciudad, un plazo mucho mayor a las 18 horas de discontinuidad. Es por eso que solicito se tomen medidas urgentes a los fines de evitar reducciones de caudales y cortes del servicio de agua potable; y restituir el servicio de forma integral en que se encuentren ya afectados».

«Además, requerimos un descuento proporcional en la tarifa de los vecinos concretamente damnificados y se efectúen las obras necesarias de manera urgente a los fines de prestar un correcto y eficiente servicio de agua potable en la ciudad tal como exige y determina la normativa vigente», expresó el ombudsman.

Finalmente Diego Jiménez manifestó, «en caso de negativa y/u omisión de la prestataria del servicio a dar solución efectiva en el plazo previsto por el Reglamento de Usuarios se iniciarán los reclamos judiciales y administrativos pertinentes».

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