El Senado aprobó una ley que beneficia a los Bomberos Voluntarios

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En el inicio de la sesión de este miércoles, la Cámara alta votó la incorporación para su tratamiento sobre tablas del proyecto de ley de Fortalecimiento del Sistema de los Bomberos Voluntarios de la República Argentina, venido en revisión de la Cámara de Diputados. Tenía una significación especial aprobar esta iniciativa precisamente este miércoles, día en el que los bomberos voluntarios festejan su día.

Ese tramo inicial de la sesión contó con la presencia de Ricardo Arenas, presidente del Consejo Nacional de los Bomberos Voluntarios de la República Argentina, especialmente invitado por la presidenta del Cuerpo.

El senador Carlos Caserio fue el miembro informante de un proyecto que incluye, destacó, a mil cuarteles y a casi 45 mil efectivos. Tras resaltar el reconocimiento que merecen los cuerpos de bomberos voluntarios “por todo lo que permanentemente hacen por el bien común, el senador cordobés detalló los alcances de la iniciativa, que fue aprobada de manera unánime.

“Todos nosotros tenemos el orgullo de poder cumplir con estas demandas para quienes han desarrollado esta noble tarea”, resaltó Caserio al finalizar su discurso, en el que presentó al voluntariado argentino como “un ejemplo para el mundo”.

A su turno, el senador radical Julio Martínez resaltó la vocación de quienes se suman a los cuerpos de bomberos, a quienes definió como “quienes nos cuidan”. Agregó que el sistema de bomberos voluntarios a nivel nacional “yo diría que es una de las pocas políticas de Estado que hay, que pasan los gobiernos y esa política continúa”.

En primer lugar, el proyecto crea un régimen tarifario especial de servicios públicos, por el cual se les reconocerá a las entidades de bomberos la totalidad de la facturación de los servicios de energía eléctrica, gas, telefonía fija y móvil, y TIC’s, que se encuentren bajo jurisdicción nacional.

“Los entes reguladores y las empresas prestadoras deben garantizar la calidad y las condiciones del servicio público”, reza el texto.

También se estipulan prestaciones a bomberos que padezcan accidentes, en materia de tratamientos de rehabilitación, medicamentos y prótesis. Más específicamente, en asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación, traslados y servicio funerario.

En el mismo sentido, ante una incapacidad laboral temporaria, mientras dure ese período o hasta transcurridos 24 meses, el damnificado percibirá una prestación de pago mensual, de cuantía igual al valor mensual del ingreso base.

Las indemnizaciones serán abonadas al accidentado y/o a sus derechohabientes por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.

Por otra parte, las entidades quedarán exentas del pago de contribuciones patronales con destino a la seguridad social; y se reducirá a cero la alícuota del IVA para las compras realizadas.

Fuente: parlamentario.com

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