A través de una ley buscan reducir la comisión de las tarjetas de Crédito

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El presidente del Centro de Comercio e Industria, Andrónico Suárez,  participó en la reunión de Comité de Presidencia de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) donde se definió impulsar una ley para reducir la comisión de las tarjetas de crédito.

Durante el encuentro, que se desarrolló en la sede de CAME, se hizo un análisis en torno a los  actuales aranceles para operar con tarjetas de crédito y se planteó la necesidad de reducir las comisiones que las entidades emisoras cobran a los comercios, por lo que se hace necesario impulsar un nuevo proyecto de Ley.

“La modificación de la normativa vigente resulta necesaria porque la transferencia de dinero por parte de los comercios a los bancos por comisiones de pagos con tarjetas es excesiva en sí misma. A esto se suman las primas que las entidades bancarias cobran por mantenimientos de cuentas y movimientos financieros.

De este modo, los montos que los negocios transfieren a los bancos le quitan liquidez y capital de trabajo al comercio minorista, y eso queda en evidencia en épocas críticas como la que se atraviesa actualmente”, explicó Suárez.

Asimismo señaló: “A estas comisiones se suman a las retenciones del 3 % por el IVA, el 1 % por Impuesto a las Ganancias, más el porcentaje aplicable por el Impuesto a los Ingresos Brutos, dependiendo de la jurisdicción de la cuenta.

En definitiva, las retribuciones por uso de tarjetas forman parte de la cadena de costos que va minando la rentabilidad de las empresas y sobre todo golpea fuerte a las Pymes”.

PROPUESTA

En ese contexto, CAME propone modificar el artículo 15 de la Ley N° 25.065, de la siguiente manera:

  • “El emisor no podrá fijar aranceles diferenciados en concepto de comisiones u otros cargos, entre comercios que pertenezcan a un mismo rubro o con relación a iguales o similares productos o servicios”.
  • “El emisor de tarjetas de crédito en ningún caso efectuará descuentos ni aplicará cargos, por todo concepto, superiores al UNO COMA CINCO POR CIENTO (1,5%) como máximo sobre las liquidaciones presentadas por el proveedor”.
  • “El emisor de tarjetas de débito bancario no podrá efectuar descuentos ni aplicar cargos a los comercios, estableciéndose la gratuidad de este medio de pago. La acreditación de los importes correspondientes a las ventas canceladas mediante tarjetas de débito, en las cuentas de los establecimientos adheridos, se hará en un plazo máximo de TRES (3) días”.

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