InicioPOLÍTICALa Justicia rechazó suspender la nueva Ley de Glaciares tras una demanda...

La Justicia rechazó suspender la nueva Ley de Glaciares tras una demanda de La Pampa y ONGs ambientalistas

La Justicia federal rechazó este viernes el pedido de suspensión inmediata de la nueva Ley de Glaciares impulsado por el gobernador de La Pampa, Sergio Ziliotto. También acompañaban la iniciativa la Universidad Nacional de La Pampa y organizaciones ambientalistas.

Los demandantes sostuvieron que la nueva normativa “reduce el alcance de las áreas protegidas, flexibiliza el régimen de actividades prohibidas y debilita los mecanismos de control y evaluación ambiental”. Además, argumentaron que la reforma vulnera el “federalismo ambiental” previsto en la Constitución y afecta derechos vinculados al ambiente sano, el acceso al agua y la protección de las generaciones futuras.

Organizaciones ambientalistas se oponen a la aplicación de la reforma de La Ley de Glaciares. (Foto: Damián Dopacio/NA).
Organizaciones ambientalistas se oponen a la aplicación de la reforma de La Ley de Glaciares. (Foto: Damián Dopacio/NA).

En su presentación, pidieron como medida cautelar urgente que se suspendiera la aplicación de la ley en todo el territorio nacional hasta que hubiera una sentencia definitiva. También reclamaron que tanto el Estado nacional como las provincias se abstuvieran de habilitar actividades que pudieran afectar glaciares, ambientes periglaciares o cuencas hídricas.

Entre los puntos cuestionados, señalaron que la nueva legislación modifica el funcionamiento del Inventario Nacional de Glaciares y otorga mayor margen de decisión a las provincias sobre qué áreas deben quedar protegidas.

Según la demanda, eso implicaría “un retroceso normativo” respecto del régimen anterior, ya que “el estándar uniforme de tutela cede ante un esquema en el cual la determinación efectiva de qué se protege y bajo qué condiciones depende, en aspectos sustanciales, de decisiones jurisdiccionales locales”.

También advirtieron sobre posibles consecuencias ambientales derivadas de actividades extractivas intensivas, como la minería, en zonas cercanas a glaciares y reservas de agua dulce.

La Cámara de Diputados aprobó la reforma de la Ley de Glaciares en abril. (Foto: Diputados).
La Cámara de Diputados aprobó la reforma de la Ley de Glaciares en abril. (Foto: Diputados).

Sin embargo, el magistrado rechazó la cautelar y consideró que no estaban acreditados los requisitos necesarios para suspender provisoriamente una ley aprobada por el Congreso.

Baric sostuvo que los actores no demostraron “con el grado de probabilidad suficiente” la existencia de un daño concreto e inminente y remarcó que la norma fue impugnada “en abstracto”. “El pedido cautelar no resulta un medio apto para satisfacer el interés especulativo de los actores”, afirmó el juez en el fallo.

En otro tramo de la resolución, citó jurisprudencia de la Corte Suprema y recordó que “ningún juez tiene en la República Argentina el poder de hacer caer la vigencia de una norma”.

Además, señaló que los demandantes “no plantean ninguna actividad concreta de daño actual” ni identificaron proyectos específicos o glaciares determinados que estuvieran siendo afectados por la nueva legislación.

Para el magistrado, tampoco quedó acreditado el “peligro en la demora” ni un perjuicio irreparable que justificara suspender la aplicación de la ley antes de una sentencia de fondo.

Pese al rechazo de la cautelar, el juez declaró “formalmente procedente” el amparo ambiental colectivo y ordenó correr traslado al Estado nacional, que deberá responder en un plazo de cinco días.

La causa ya fue inscripta en el Registro Público de Procesos Colectivos de la Corte Suprema, luego de verificarse que no existían otros expedientes similares en trámite.

Fuente TN

ARTICULOS RELACIONADOS

MAS POPULARES